Los derechos Miranda y su propósito
Los derechos Miranda, o advertencias Miranda, son derechos específicos leídos por los agentes de policía a las personas detenidas. Es importante mencionar que los derechos Miranda tienen que ser leídos solo por actores estatales y solo por la persona que es arrestada. Además, los agentes de policía deben leer los derechos de Miranda solo si van a interrogar a la persona bajo arresto (Harr et al., 2017). Por lo tanto, no es obligatorio leer los derechos de la persona interrogada en la calle o en otras situaciones no privativas de la libertad. Además, los agentes de policía están obligados a leer los derechos de Miranda solo en los casos en que van a interrogar a la persona bajo custodia (Harr et al., 2017). Las preguntas también tienen que ser diseñadas de una manera que cause respuestas incriminatorias. En consecuencia, preguntas como “¿Cuál es tu nombre?” o “¿Cuál es tu dirección?” no se consideran interrogativas y, por lo tanto, no tienen que ir precedidas por la lectura de los derechos Miranda.
El propósito principal de leer los derechos de Miranda a la persona interrogada en custodia es proporcionar al tribunal una base legal para usar las respuestas de esa persona. Si la persona detenida no se leen sus derechos durante el arresto y antes del interrogatorio, el uso de sus pruebas en el tribunal puede considerarse ilegal. Por lo tanto, se puede argumentar que el requisito Miranda no impide que la policía haga su trabajo; solo les da el terreno para el uso legal de las pruebas de la persona en los tribunales (Harr et al., 2017). Por otro lado, si los derechos Miranda no existieran, podría causar confusión y uso problemático del testimonio de los detenidos. Además, las personas detenidas podrían carecer de conocimiento sobre sus derechos a permanecer en silencio y a tener su propio abogado o un abogado designado presente durante el interrogatorio.