Política y Procedimiento para el Departamento de Discapacidad del Desarrollo de Ohio
En el proceso de gestión de fondos individuales, el fideicomisario se compromete, durante la vigencia del acuerdo, a llevar a cabo, en interés de una persona con discapacidad del desarrollo, la gestión fiduciaria de los bienes de una persona con discapacidad del desarrollo: valores, fondos monetarios en moneda estadounidense y / o en moneda extranjera destinados a transacciones con valores y (o) la celebración de contratos que son instrumentos financieros derivados.
Reglas & Pautas
La persona autorizada está obligada a: Administrar la propiedad en interés de una persona con discapacidad del desarrollo de acuerdo con la ley de los Estados Unidos, las regulaciones del Banco Central y los términos del Contrato.
Administrar la propiedad de una persona con discapacidad del desarrollo tomando todas las medidas razonables que dependen de él para lograr los objetivos de inversión de una persona con discapacidad del desarrollo, de acuerdo con el nivel de riesgo de posibles pérdidas asociadas con la gestión de fideicomiso que una persona con discapacidad del desarrollo es capaz de soportar. Al mismo tiempo, el fideicomisario no tiene la obligación de realizar transacciones con la propiedad de una persona con discapacidad de desarrollo de la gestión a los mejores precios para la compra y / o venta de valores durante un cierto período de tiempo, o para garantizar la seguridad y (o) rentabilidad basada en los resultados de la gestión en virtud del Contrato.
Separar la propiedad de una persona con discapacidad del desarrollo que está bajo administración, así como la propiedad recibida por él en el proceso de administración, de la propiedad del fideicomisario, la propiedad de otras personas con discapacidad del desarrollo transferida al fideicomisario, manteniendo un balance separado y contabilidad interna.
Usar una cuenta bancaria separada de una persona con discapacidad del desarrollo para almacenar fondos bajo administración, así como recibidos por un fideicomisario en el proceso de administración de propiedades, excepto en el caso de combinar fondos de diferentes personas con discapacidad del desarrollo.
Utilizar una cuenta personal separada de un fideicomisario en el sistema de mantenimiento del registro de propietarios de valores para dar cuenta de los derechos de valores bajo administración.
Una persona con discapacidad de desarrollo tiene derecho a: Recibir dividendos y otros ingresos sobre valores que son parte de la propiedad de una persona con discapacidad de desarrollo, así como fondos relacionados con la venta de valores, para hacer reclamaciones y recibir fondos del reembolso de valores, y en caso de liquidación del emisor de valores – para recibir la participación debida en la propiedad del emisor.
Transfiera los ingresos a una cuenta especial. Los ingresos se incluyen en la propiedad de una persona con discapacidad del desarrollo desde el momento en que se acreditan a una cuenta especial sin firmar acuerdos adicionales y actos de aceptación y transferencia.
Con el fin de proteger los derechos a la propiedad de una persona con discapacidad del desarrollo, para exigir la eliminación de las violaciones de sus derechos de conformidad con la ley aplicable y el acuerdo.
Recibir la remuneración prevista en el acuerdo, así como retener los gastos necesarios incurridos por el fideicomisario en la gestión de la propiedad de una persona con discapacidad del desarrollo.
Aceptar fondos en una cuenta especial como contribución adicional por un monto inferior al monto mínimo establecido por la estrategia de inversión estándar si el depósito de fondos por un representante es necesario para pagar la remuneración, los gastos incurridos u otros pagos obligatorios en virtud del acuerdo.
En ausencia de transacciones con la propiedad después de la conclusión del acuerdo, el fiduciario tiene derecho, a solicitud de una persona con gestión de la discapacidad del desarrollo, a devolver la remuneración retenida. La remuneración se devuelve a la propiedad bajo el acuerdo.
Política & Procedimiento 513
El fiduciario está obligado a presentar trimestralmente, a más tardar el día 30 de cada mes, un informe sobre las actividades de gestión de fideicomisos que cumpla con los requisitos de las regulaciones del Banco de los Estados Unidos, que contenga información sobre la dinámica de la rentabilidad mensual y el valor de la propiedad de una persona con discapacidad del desarrollo durante los últimos doce meses anteriores a la fecha en que se compiló el informe.
La persona autorizada presenta un informe previa solicitud por escrito dentro de un período no superior a 10 días hábiles desde la fecha de recepción de la solicitud hasta la fecha especificada en la solicitud (Opoku et al., 2018).
La notificación se considera aceptada y aprobada si, transcurridos los 5 días hábiles siguientes a la fecha de presentación del documento pertinente por parte de la persona autorizada, no se han recibido por escrito los comentarios motivados y las objeciones a los informes presentados (Opoku et al., 2018).
En caso de recibir comentarios y objeciones, la persona autorizada envía explicaciones a los informes a más tardar 10 días hábiles (Opoku et al., 2018). Si, transcurridos los 5 días hábiles siguientes al día de la transferencia de la explicación a la persona autorizada, la persona autorizada no ha recibido por escrito comentarios y objeciones a la explicación proporcionada, se considera aceptado el informe (Opoku et al., 2018). En caso de disputas relacionadas con el contenido de los informes, se resuelven a través de negociaciones y en caso de no llegar a un acuerdo, en los tribunales de acuerdo con la ley actual de los Estados Unidos.
Los informes y las notificaciones obligatorias son enviados por la persona autorizada en formato PDF mediante su publicación en la cuenta personal y se consideran proporcionados por la persona autorizada desde el momento de dicha publicación en la cuenta personal.
Estos informes y notificaciones contienen los nombres y las iniciales de una persona con discapacidad del desarrollo y un apoderado autorizado para firmar informes y notificaciones. Al firmar un acuerdo, la recepción de informes y todas las notificaciones bajo el contrato siempre se realiza utilizando el servicio de información de la cuenta personal, incluida la recepción de otros documentos e información sobre la propiedad de una persona con discapacidad del desarrollo administrada por un representante en la cuenta personal. El acceso a la cuenta personal se considera proporcionado por la persona autorizada de la administración desde el momento en que se le envían los datos de autorización (inicio de sesión, contraseña) enviando a la persona autorizada de la administración un mensaje SMS al número de teléfono móvil, un mensaje electrónico a la dirección de correo electrónico de la persona autorizada especificada en el contrato o una notificación Push de acuerdo con el procedimiento previsto en el contrato.
Todas las notificaciones obligatorias, informes y otros documentos que debe proporcionar la persona autorizada en virtud del contrato se consideran proporcionados correctamente si son publicados por la persona autorizada en la cuenta personal.
Las notificaciones de la intención de comprar unidades de inversión de fondos de inversión mutua bajo la administración de un fideicomisario como parte de la propiedad bajo el acuerdo se colocan en formato PDF en la cuenta personal firmada por una firma electrónica calificada del fideicomisario.