Derecho contractual: Introducción al derecho mercantil.

Introducción

Un contrato es un acuerdo para crear una obligación legal vinculante para las partes involucradas. Las partes en el contacto negocian principalmente los términos y se presume que dejaron claras sus intenciones entre sí con respecto a cada término material que rige el contrato, que son sus derechos y obligaciones. El contrato se celebra puede ser liberado a través de la ejecución del contrato, el acuerdo para terminar el contrato, el incumplimiento del contrato, la imposibilidad o frustración, el lapso de tiempo y el funcionamiento de la ley (Graw S., 2005).

En un contrato de venta de bienes en licitación, los bienes vendidos deben cumplir algunas condiciones y garantías en el documento de licitación. El vendedor y el comprador tienen derechos específicos en caso de que una de las partes se niegue a cumplir parte de los términos contractuales como se indica. Este caso es un contrato de venta normal y hay una serie de recursos disponibles para ambas partes en caso de que uno no cumpla con parte del contrato. Esta sección del documento busca destacar esto a las partes del contacto (Khoury D. et al, 2003).

Consejos para ir sin igual

En este caso, Peerless había firmado un contrato con la universidad de Canberra para suministrar bienes a la universidad con la condición de entregarlos dentro de una semana para evitar el caos en la universidad. Por lo tanto, sin igual estaba obligado a suministrar los bienes como habían acordado. En el contrato sin igual no se indicaba el origen de las mercancías como parte de los términos de contacto. El incumplimiento por parte de las personas sin par para suministrar los bienes según lo acordado dio por cumplido el contrato por incumplimiento. En caso de incumplimiento del contrato, la parte implicada puede ser considerada responsable de los daños y perjuicios relacionados con el contrato, especialmente cuando el tiempo es esencial. En los casos similares, el contacto fue dado de alta por incumplimiento y contiene hechos materiales similares al caso en cuestión (Sweeney B y O’Reilly J., 2004).

  • Bettini V Gye:- B, was engaged for the whole of the season to sing at G’s theater and agreed to appear six days in advance for the purpose of the rehearsals. But due to his illness B arrived three days in advance instead of six days as agreed. G, terminated his contract on his ground. Held that rehearsal clause was collateral to the main purpose of the contract, and its breach could give rise to damages and not to rescission of the contract (Sealy L.C. 2003).
  • Pussard V Spiers:- P was engaged by S to play a leading party in a new opera for a short duration. Due to her illness, p was unable to take up her role in the first week. S was forced to engage someone else and refused P’s services. It was held that the promise to take part from the first night was vital to the existence of the contract, and its breach entitled S to repudiate the contract (Sealy L.C. 2003).
  • Behn V Burness:- The defendant charted a ship to carry coal from Newport to Hong Kong. The plaintiff described the ship as “now in the Port of Amsterdam” whereas in fact the ship was 62 miles away from Amsterdam. The ship was late in arriving at Newport, and the defendant refused to load it. It was Held that the defendant was entitled to do so because the situation of the ship, when the contract was made, was a term of great importance and must be treated as a condition (Sealy L.C. 2003).

Según las decisiones tomadas en estos tres casos, puedo afirmar que la condición de suministro de los equipos en la primera semana del contrato era esencial y constituía un término de gran importancia para el contrato. Peerless habrá incumplido los términos del contrato, por lo que tiene algún derecho contra la universidad. Esto significa que la universidad no ha incumplido ningún contrato. Podrían haber incumplido el contrato si hubieran obtenido los bienes de otro lugar antes de que expirara el momento del contrato.

El argumento de que el contrato se había retrasado debido a factores fuera del control de Peerless no puede usarse como defensa. Esto se debe a que los equipos que se suministrarán no son de naturaleza especial, ya que pueden estar disponibles en otro lugar y los factores que pueden citarse como fuera de control incluyen la destrucción del tema, la no ocurrencia de un evento declarado, el cambio de ley, la muerte o la incapacidad personal y las interferencias del gobierno (Sweeney B y O’Reilly J., 2004).

Será imposible para Peerless implicar una condición en el contrato que indique que un retraso de un tercero como defensa no tendrá éxito en caso de un contrato como este donde el tiempo es de gran esencia ya que una violación de la Universidad perderá mucho debido al caos inminente. Como se definió anteriormente, el incumplimiento del contrato surge cuando uno no cumple parte de su contrato cuando vence el cumplimiento. El rendimiento se debió durante el período acordado y se le exigió que entregara el equipo a la institución, lo que no hizo.

En el caso de Paradine v Jane 1648 se sostuvo que los contratos siempre imponen obligaciones absolutas. Por lo tanto, el incumplimiento por parte del tercero no tiene por qué ser total; es suficiente siempre que impida la ejecución del contrato.

Por lo tanto, aconsejaré a Peerless que serán responsables del incumplimiento del contrato porque afirmar que no lograrán suministrar a tiempo lo acordado fue la negativa a seguir cumpliendo el contrato. La universidad trató la declaración como una negativa a cumplir el contrato. Les informaré que no tienen ningún derecho en el contrato original, ya que incumplen el contrato al rechazar el cumplimiento de la parte. Las treinta cuestiones serán invocadas como defensa en este caso, ya que no formaba parte de los términos del contacto (Slorach, J.S. y Ellis, J. 2006).

Daños a la Universidad

Hay muchos recursos disponibles por incumplimiento de contrato por una parte. Los siguientes recursos están disponibles para la parte agraviada: – rechazo de un mayor cumplimiento, acción para un cumplimiento específico, acción de medida cautelar y acción por daños y perjuicios. La acción para el desempeño específico es especialmente en los casos de servicios y no puede ser un remedio adecuado en este caso, ya que el tiempo es esencial aquí. La acción de recurso judicial es normalmente aplicable cuando hay términos contractuales negativos para la parte, como no trabajar para alguien mientras está bajo contacto. En este caso, lo que está a disposición de la universidad es la acción por daños y perjuicios (Lowry, J., Dignam, A. y Padfield, 2004).

La acción por daños y perjuicios es un remedio normal para casi todo incumplimiento de contrato. Este recurso está disponible específicamente cuando el comprador o vendedor ha cumplido todas las condiciones del contrato y, en nuestro caso, las condiciones implícitas que deben cumplirse para que la universalidad tenga éxito deben incluir la esencia del tiempo según lo indicado, a menos que haya un acuerdo expreso para excluir las condiciones verbalmente o por escrito.

El objetivo de la ley es devolver la universalidad en la medida de lo posible en la posición en la que podría haber estado si el contrato se hubiera cumplido según lo acordado. La ley considera que la pérdida sufrida por incumplimiento de contrato es demasiado remota para merecer una indemnización, entonces no se adjudicará (Lowry, J., Dignam, A. y Padfield, 2004).

En el siguiente caso de Hadley v Baxendale, donde H, propietario de un molino, entregó un cigeñal roto a los acusados, que eran transportistas comunes, y prometieron la entrega al día siguiente al fabricante para usarlo como muestra. Los acusados tardaron varios días en hacer la entrega con el resultado de que el molino permaneció inactivo por más tiempo que habría sido si la entrega se hubiera hecho según lo prometido. El demandante reclamó daños por pérdida de ganancias derivadas de un retraso adicional. El demandante no le hizo saber al demandado que la demora resultaría en una pérdida de ganancias. Se sostuvo que los demandados no estaban obligados a pagar daños y perjuicios por lucro cesante.

La pérdida no surgió naturalmente y los acusados no sabían que H no tenía un cigeñal de repuesto. El juez B. Alderman dijo que los daños por incumplimiento de contrato deben ser tales que se consideren justas y razonables, ya sea que surjan de forma natural, es decir, que surjan de manera natural. de acuerdo con el curso habitual de las cosas, de tal incumplimiento de contacto en sí o tal como se pueda suponer razonablemente que ha estado en contemplación de ambas partes en el momento en que hicieron el contrato como el resultado probable del incumplimiento de la misma. et al, 2004).

Sin embargo, cuando hay incumplimiento de contrato, se requiere que la parte contratante tome las medidas necesarias para mitigar la pérdida que podría incurrir y solo tienen derecho a aquellos daños que no se pudieron evitar. Dichos daños pueden incluir la diferencia entre el precio de mercado y el precio del contrato. En este caso, la universidad tomó medidas razonables para minimizar la pérdida que podría tener una rosa por el incumplimiento del contrato. Sin embargo, esto será evaluado por el tribunal y la universidad debe demostrar que realmente incurrió en una pérdida debido al incumplimiento del contrato. El tribunal seguirá el principio establecido en el caso de Hadley v Baxendale mencionado anteriormente.

En el testamento se aconseja a Peerless que la universidad tenga derecho a demandar por incumplimiento de las condiciones del contrato y podrá recuperar los daños y perjuicios. Esto es posible porque se incumplió el acuerdo previsto para una condición de tiempo (se incumplieron las condiciones y garantías del contrato), al ordenar desde el segundo mejor en la licitación que la universidad estaba mitigando una pérdida por el incumplimiento. La universidad recuperará el 20%, que es la diferencia entre el precio del contrato y el precio de mercado que es el precio de compra del equipo (Slorach, J.S. y Ellis, J., 2006).

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Reference

LawBirdie. (2024, April 4). Derecho contractual: Introducción al derecho mercantil. https://lawbirdie.com/es/derecho-contractual-introduccion-al-derecho-mercantil/

Work Cited

"Derecho contractual: Introducción al derecho mercantil." LawBirdie, 4 Apr. 2024, lawbirdie.com/es/derecho-contractual-introduccion-al-derecho-mercantil/.

References

LawBirdie. (2024) 'Derecho contractual: Introducción al derecho mercantil'. 4 April.

References

LawBirdie. 2024. "Derecho contractual: Introducción al derecho mercantil." April 4, 2024. https://lawbirdie.com/es/derecho-contractual-introduccion-al-derecho-mercantil/.

1. LawBirdie. "Derecho contractual: Introducción al derecho mercantil." April 4, 2024. https://lawbirdie.com/es/derecho-contractual-introduccion-al-derecho-mercantil/.


Bibliography


LawBirdie. "Derecho contractual: Introducción al derecho mercantil." April 4, 2024. https://lawbirdie.com/es/derecho-contractual-introduccion-al-derecho-mercantil/.