Philip Morris c. Uruguay: TabacoMedidas de control en virtud del artículo 3 del TBI

Título del caso

Philip Morris Brands Srl, Philip Morris Products S.A. y Abal Hermanos S.A. (Los Demandantes) Vs. República Oriental del Uruguay (El Demandado)

Hechos

Las partes involucradas son Abal Hermanos y asociados, el demandante, y el gobierno de la República Oriental del Uruguay, el demandado. Los demandantes alegaron que el demandado violó el acuerdo entre la Confederación Suiza y la República Oriental del Uruguay (BIT) al aplicar determinadas medidas de control del tabaco que afectaban al tratamiento de las marcas de cigarrillos en las que habían invertido. Las regulaciones incluyeron la restricción de los vendedores de tabaco de comercializar más de una variante única de cigarrillos por marca y un aumento del tamaño de las precauciones gráficas de salud en la parte posterior y frontal de los paquetes de cigarrillos, conocido como el requisito de presentación única y las medidas impugnadas, respectivamente. El Centro Internacional de Arreglo de Diferencias Relativas a Inversiones en Washington, D.C., resolvió el caso porque involucraba a dos naciones. La empresa matriz de los reclamantes tiene su sede en los Estados Unidos, mientras que otros socios están en Suiza y Uruguay.

Cuestión

¿Constituyen las medidas uruguayas de control del tabaco un incumplimiento de las obligaciones del demandado en virtud del artículo 3 del TBI?

Explotación

Las medidas de control del tabaco en Uruguay no violan las obligaciones del demandado en virtud del artículo 3 del TBI porque las medidas están dirigidas a proteger la salud de la población uruguaya y no atormentar a las empresas.

La ley de la tierra rige todas las empresas que operan en Uruguay, ya sean nacionales o extranjeras. El acuerdo BIT entre Suiza y Uruguay buscaba proteger y crear un ambiente de inversión favorable para las empresas de ambos países. Sin embargo, las inversiones que deben protegerse deben cumplir con la ley de cualquiera de las naciones. En este caso, los Abal están obligados a administrar sus negocios de acuerdo con la ley de Uruguay. Por lo tanto, cuando el departamento de salud pública de Uruguay impuso duras medidas de control del tabaco, los reclamantes estaban automáticamente obligados por la ley a ajustarse. Además, si los reclamantes no cumplen con la ley de inversión de la tierra, no pueden ser protegidos por el tratado.

Aplicación

Artículo 5

Artículo 3 del TBI (Acuerdo entre la Confederación Suiza y la República Oriental del Uruguay sobre Promoción y Protección Recíproca de Inversiones de 7 de octubre de 1988). El artículo garantiza la protección y el tratamiento de las inversiones donde ambas naciones contractuales deben ofrecer protección a las inversiones dentro de la legislación, un trato justo y equitativo, y prevenir la doble imposición y la discriminación.

Aplicación

Dadas las disposiciones anteriores de la ley, el TBI solo puede proteger a los inversores de prácticas ilegales. En este caso, no existen tales prácticas sino una imposición de orientación legal por parte de la ley.

Razonamiento de opinión concurrente

El tribunal realizó un trabajo excepcional en la realización de las audiencias del caso. También se observaban debidamente tanto las leyes nacionales como las extranjeras, considerando que eran internacionales. El tribunal otorgó a la República del Uruguay el costo exacto del procedimiento. El tribunal también manejó el caso con mucho cuidado y diligencia, principalmente porque involucraba leyes expansivas de tres naciones.

Conclusión del caso

Aunque el departamento de salud de Uruguay no violó el artículo 3 del TBI, los reclamantes tienen derecho a protestar contra las leyes que amenazan el uso de sus marcas registradas. Según la ley, el tamaño de los carteles de advertencia de salud debe aumentarse del 50% al 80% de la cubierta del cigarrillo, dejando así solo el 20% de la empresa vendedora para mostrar sus marcas registradas. Por lo tanto, es una denegación de justicia si los demandantes no tienen voz con respecto a sus marcas registradas.

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Reference

LawBirdie. (2026, January 8). Philip Morris c. Uruguay: TabacoMedidas de control en virtud del artículo 3 del TBI. https://lawbirdie.com/es/philip-morris-c-uruguay-tabacomedidas-de-control-en-virtud-del-articulo-3-del-tbi/

Work Cited

"Philip Morris c. Uruguay: TabacoMedidas de control en virtud del artículo 3 del TBI." LawBirdie, 8 Jan. 2026, lawbirdie.com/es/philip-morris-c-uruguay-tabacomedidas-de-control-en-virtud-del-articulo-3-del-tbi/.

References

LawBirdie. (2026) 'Philip Morris c. Uruguay: TabacoMedidas de control en virtud del artículo 3 del TBI'. 8 January.

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LawBirdie. 2026. "Philip Morris c. Uruguay: TabacoMedidas de control en virtud del artículo 3 del TBI." January 8, 2026. https://lawbirdie.com/es/philip-morris-c-uruguay-tabacomedidas-de-control-en-virtud-del-articulo-3-del-tbi/.

1. LawBirdie. "Philip Morris c. Uruguay: TabacoMedidas de control en virtud del artículo 3 del TBI." January 8, 2026. https://lawbirdie.com/es/philip-morris-c-uruguay-tabacomedidas-de-control-en-virtud-del-articulo-3-del-tbi/.


Bibliography


LawBirdie. "Philip Morris c. Uruguay: TabacoMedidas de control en virtud del artículo 3 del TBI." January 8, 2026. https://lawbirdie.com/es/philip-morris-c-uruguay-tabacomedidas-de-control-en-virtud-del-articulo-3-del-tbi/.